Amable recordatorio: Mañana 03Feb plazo fatal para postular a Representaciones IIMCh

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Amable recordatorio: Mañana 03Feb plazo fatal para postular a Representaciones IIMCh

 Colegas, deseo recordarles que el plazo fatal para postulara las representaciones del IIMCh vence mañana Vi03.Mar.2023 - 24:00h.

Esto fue informado en email masivo a los socios, además fue incluido en la web del IIMCh, el 02Febrero (ver Adenda#1) y recordado el 25 de Febrero (ver Adenda#2), y les copio adicionalmente los Artículos 56 al 62 del Reglamento IIMCh, en que se regula esto (ver Adenda#3).

Les informo, además que tenemos ya algunos emails recibidos en febrero con este propósito, especialmente consultas, pero como tuvimos varios días con nuestra internet caída, les pido a quienes ya enviaron los antecedentes requeridos de postulación, “nos lo reenvíen por si por lo que nos sucedió en la web no nos hubiesen llegado”.

Atentamente,

Sergio DEMETRIO
Presidente IIMCh


Adenda#1: Llamado a postulación de Representantes IIMCh

Estimados Socio(a)

Se llama a postulaciones para representar a nuestro Instituto de Ingenieros de minas de Chile en empresas u organismos que nos han honrado con tal distinción.
Estas representaciones y los actuales representantes son:

• ENAMI. Carlos ESPINOSA
• Sonami. Fernando SILVA
• Comisión Minera. Luis BERNAL
• CIMM Alta Ley. Pedro Pablo POZO
• COSOC Cochilco. Manuel ZAMORANO
• COSOC Sernageomin. Francisco ZÚÑIGA
• INN. Peter NAUMANN, requiere apoyo en las distintas áreas de normas INN

Se requiere envío de email de postulación a This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.. Las postulaciones se reciben hasta el viernes 03 de marzo del 2023 -24:00.
Se debe explicitar: Descripción personal, e incluir: (1) tu conocimiento de la institución, (2) tu experiencia en el área a representar y (3) qué crees debe impulsarse allí en 2023.


Atentamente
Sergio DEMETRIO
Presidente IIMCh


 

Adenda#2: Información para postulantes a Representaciones IIMCh

Estimados Socio(a)


INFORMACION PARA POSTULANTES A REPRESENTAR AL IIMCh

Las normas para los Representantes IIMCh están detalladas en el Reglamento IIMCh Arts 56 57 58 59 60 61 62...

Un resumen a continuación:

1. Se eligen por voto secreto en 1ra Sesión anual de trabajo (que será en sesión extraordinaria el día Martes 07 Marzo, 18h), a la que deben asistir al menos 8 integrantes.

2. Pueden postular: (1) socios activos u honorarios, (2) tengan cuotas años 2021 y 2022 pagadas, (3) chileno, (4) titulado, (5) 10 o más años de ejercicio de la profesión, (6) patrocinados por 10 miembros activos o más.

3. Durante un año en sus cargos y pueden ser reelegidos, caso en el cual deben lograr 8 votos.

4. Para ser electo:
4a. Requiere 2/3 de votos de asistentes a la sesión (1) 6 votos si asisten 8 o 9 miembros del Directorio, (2) 7 votos si asisten 10, y (3) 8 votos si asisten los 11 miembros.
4b. Si no se logran los mínimos indicados, se hace segunda votación entre las dos primeras mayorías.
4c. Si no hay postulantes o no se logra los mínimos requeridos, el presidente propone.
4d. En caso de empate, decide el presidente.

5. Son deberes del postulante:
5a. Los interesados a representar al IIMCh deben postular por escrito, e indicar: (1) su conocimiento de la institucion, (2) su experiencia en el área a representar, (3) qué cree se debe impulsar en dicha institución este año.

6. Son deberes de los representantes: (1) asistencia mínima de 75% de las sesiones en que nos deba representar, y si no puede, debe renunciar (2) exponer semestralmente de su desempeño en la institución en que nos representa, (3) seguir lineamientos generales que da el Directorio IIMCh -o específicas si es el caso-, debiendo estar atento a dichas señales, (4) Preparar un resumen anual de la gestión de la institución en que nos representa, y de su gestión o participación en la misma.

Atentamente
Sergio DEMETRIO
Presidente IIMCh



Adenda#3: Artículos 56 al 62 del Reglamento IIMCh

De los Representantes

Artículo 56º
Podrán ser elegidos representantes del Instituto en los organismos en que éste tiene el derecho de integrar su Directorio o Consejo, los Miembros Activos o Honorarios que hayan estado al día en sus cuotas sociales por lo menos durante los dos últimos años y que, además, reúnan las siguientes condiciones:

a) Ser chileno
b) Ser titulado por una Universidad Chilena o extranjera en cualquiera de las especialidades de ingeniería y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de los Estatutos.
c) Tener un mínimo de diez años de ejercicio de la profesión.
d) Ser patrocinados por a lo menos 10 Miembros Activos.

 

Artículo 57º
Los representantes durarán un año en sus funciones, a menos que pierdan la confianza del Directorio, y podrán ser reelegidos por uno o más períodos. Para su reelección, deberán obtener los votos de por lo menos los dos tercios de los Directores en ejercicio.

Artículo 58º

La elección de representantes se efectuará en la primera sesión anual de trabajo, con asistencia mínima de los dos tercios de los Miembros en ejercicio del Directorio. Si no se reúne este quórum, la elección citada en Tabla se verificará en la sesión siguiente con el mismo quórum anterior.

Artículo 59º

La votación será secreta y en cédula que preparará el Secretario, de acuerdo con las postulaciones que se hayan presentados en la sesión, cuando se trate de elección unipersonal.

Artículo 60º

En caso de elección unipersonal, quedará elegido el Miembro que obtenga los dos tercios de los Directores asistentes. Si en la cédula figuraran más de dos nombres y nadie obtiene los dos tercios se repetirá la elección entre los dos Miembros que hubiesen obtenido el mayor número de votos.

En el caso de que se produzca empate, se repetirá la votación y, si el empate subsiste, decidirá la persona que preside.

Artículo 61º
Para las elecciones en que no haya postulantes, el Presidente elegirá a la o las personas que estime idóneas y que cumplan con los requisitos estipulados en los puntos a), b) y c) del Artículo 56º de este Reglamento y las propondrá al Directorio, el que las aprobará de acuerdo a los Artículos 57º, 58º y 59º del presente Reglamento.

Artículo 62º
Los representantes elegidos deberán expresar por escrito al Directorio, antes de que éste proponga su nombramiento en la institución respectiva, su conformidad con las siguientes condiciones:

a) Tener una asistencia mínima de un 75% a las sesiones ordinarias de la institución a que va a incorporarse. En caso de que sus ocupaciones no le permitieran una asistencia en forma regular, se compromete a presentar su renuncia.
b) Hacer exposiciones periódicas semestrales al Directorio, sobre el desempeño de su representación y sobre la marcha de la respectiva institución, además de cuando el Directorio lo pida.
c) Seguir, en general, las líneas políticas de acción que acuerde el Directorio.
d) Preparar un resumen anual de su gestión y de su representada para ser incorporada en la Memoria Anual del Instituto y, eventualmente publicada en el Informativo.